La reserva de capitalización: reducir el IS por reinversión de beneficios
La reserva de capitalización, regulada en el artículo 25 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, es un incentivo fiscal que permite a las empresas que tributan al tipo general del IS reducir su base imponible en el 10% del incremento de sus fondos propios en el ejercicio, siempre que ese incremento se mantenga durante un período mínimo de 5 años y se dote una reserva indisponible por el mismo importe.
En términos prácticos, supone que la empresa que no distribuye dividendos y reinvierte sus beneficios puede reducir el IS que paga sobre esa parte de los beneficios. Es un incentivo a la autofinanciación y al fortalecimiento patrimonial frente a la distribución de dividendos.
Cómo se calcula el incremento de fondos propios
El incremento de fondos propios se calcula como la diferencia entre los fondos propios al inicio y al cierre del ejercicio, excluyendo:
- El resultado del propio ejercicio.
- Las dotaciones del ejercicio a la reserva de capitalización y a la reserva de nivelación.
- Las aportaciones de socios del ejercicio.
- Los fondos propios correspondientes a activos no corrientes y grupos enajenables destinados a la venta.
El resultado es el incremento «orgánico» de los fondos propios, derivado de dejar beneficios sin distribuir en la empresa.
Límite de la reducción
La reducción por reserva de capitalización tiene un límite: no puede superar el 10% de la base imponible positiva del ejercicio previa a esta reducción. Si el importe del 10% de los fondos propios supera el 10% de la base imponible, la reducción queda limitada al 10% de la base. El exceso no aplicado puede trasladarse a los 2 ejercicios siguientes.
Compatibilidad con la reserva de nivelación
Las pymes pueden aplicar simultáneamente la reserva de capitalización y la reserva de nivelación, acumulando reducciones de la base imponible de hasta el 20% en un mismo ejercicio. Para una empresa de reducida dimensión que tiene beneficios crecientes, la planificación anual de estas dos reservas puede suponer un ahorro fiscal de varios miles de euros anuales sin ningún coste real adicional, simplemente reteniendo los beneficios en la empresa en lugar de distribuirlos como dividendos.
En LRB Tax & Legal planificamos la reserva de capitalización junto con la de nivelación para maximizar el ahorro fiscal anual del IS de nuestros clientes empresa. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.
Conclusión
La reserva de capitalización reduce el IS en el 10% del incremento orgánico de fondos propios del ejercicio, con el límite del 10% de la base imponible. Requiere mantener la reserva 5 años. Compatible con la reserva de nivelación, permite a las pymes que retienen beneficios reducir la base imponible hasta un 20% acumulado.

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