Modelo 720: quién está obligado a presentarlo

Escrito por

en

El Modelo 720 es una de las obligaciones informativas más conocidas, y también más temidas, del sistema tributario español. Su objetivo es que la Administración tenga visibilidad sobre el patrimonio que los residentes fiscales en España mantienen fuera del país. No es una declaración que genere pago alguno por sí misma, pero su incumplimiento ha sido históricamente objeto de sanciones muy severas, hasta el punto de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró contrario al derecho comunitario el régimen sancionador original, obligando a España a modificarlo.

Quién está obligado a presentarlo

Están obligados a presentar el Modelo 720 los residentes fiscales en España (personas físicas y jurídicas) que sean titulares, o tengan la condición de representantes, autorizados o beneficiarios, de bienes y derechos situados en el extranjero, siempre que superen los umbrales establecidos para cada una de las tres categorías de bienes que contempla el modelo.

Las tres categorías de bienes a declarar

  • Cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero: saldos a 31 de diciembre y saldo medio del último trimestre.
  • Valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos en el extranjero: acciones, participaciones en instituciones de inversión colectiva, seguros de vida, entre otros.
  • Bienes inmuebles y derechos sobre inmuebles situados en el extranjero.

La obligación de declarar cada categoría surge de forma independiente: si el valor conjunto de los bienes de una categoría supera el umbral legal (50.000 euros, con reglas específicas de cómputo según el tipo de bien), debe presentarse la declaración para esa categoría, aunque no se superen los umbrales en las otras dos.

Cuándo hay que volver a presentarlo

Una vez presentada la primera declaración, no es necesario repetirla cada año salvo que se produzca alguna de estas circunstancias: el valor conjunto de alguna categoría experimenta un incremento superior a 20.000 euros respecto a la última declaración, se pierde la titularidad de un bien previamente declarado, o se supera por primera vez el umbral en una categoría que antes no se había declarado.

Consecuencias de no presentarlo

Tras la sentencia del TJUE que anuló el régimen sancionador original por desproporcionado, España ajustó el régimen de sanciones a los importes generales de la Ley General Tributaria para infracciones por no presentar declaraciones informativas. Aun así, la falta de declaración de bienes en el extranjero puede tener consecuencias adicionales relevantes: si Hacienda descubre bienes no declarados, puede considerarlos como ganancia patrimonial no justificada imputable al último ejercicio no prescrito, con la correspondiente tributación e intereses de demora.

Relación con el régimen de impatriados

Un aspecto que genera confusión es la relación entre el Modelo 720 y el régimen especial de trabajadores desplazados (Ley Beckham). Quienes se acogen a este régimen especial tributan como no residentes a efectos del IRPF durante su vigencia, lo que en general les exime de la obligación de presentar el Modelo 720 respecto a los bienes que mantienen fuera de España, dado que esta obligación está vinculada a la condición de residente fiscal ordinario.

Preguntas frecuentes

¿Debo declarar una cuenta bancaria en el extranjero con poco saldo?
Solo si el saldo conjunto de todas tus cuentas en el extranjero (sumando saldos a 31 de diciembre o saldos medios del último trimestre, según el criterio más alto) supera el umbral legal establecido para esta categoría.

¿Qué pasa si heredo un inmueble en el extranjero?
Si el valor del inmueble supera el umbral aplicable a esta categoría, deberás incluirlo en el Modelo 720 correspondiente al ejercicio en que adquieras la titularidad, si no lo habías declarado previamente.

¿El Modelo 720 implica pagar más impuestos?
No directamente; es una declaración informativa, sin cuota a ingresar asociada. El riesgo fiscal aparece si los bienes no declarados se descubren posteriormente y se imputan como ganancia patrimonial no justificada.

El Modelo 720 sigue siendo una obligación que conviene tomar en serio, revisando cada año si se ha producido alguna variación patrimonial relevante en el extranjero. La mejor estrategia es la prevención: declarar correctamente desde el primer momento evita complicaciones mucho mayores si Hacienda descubre el patrimonio por otras vías, como el intercambio automático de información entre administraciones tributarias.