Impuesto sobre el Patrimonio: exención de empresa familiar y el ISGF

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El Impuesto sobre el Patrimonio grava el conjunto de bienes y derechos de las personas físicas a 31 de diciembre de cada año. Aunque su recaudación es limitada, tiene consecuencias significativas para grandes patrimonios y genera obligaciones formales para muchos contribuyentes. La planificación patrimonial orientada a reducir la base imponible del IP —preservando la exención de la empresa familiar— es uno de los servicios más solicitados por clientes de alto patrimonio.

La exención de la empresa familiar: el pilar de la planificación

El artículo 4.Ocho de la Ley del IP establece la exención de las participaciones en empresas familiares cuando se cumplen estos requisitos: actividad empresarial real (no mera tenencia de patrimonio), participación directa o de grupo familiar del 5% (20% individual), y ejercicio de funciones directivas por algún miembro del grupo familiar con retribución superior al 50% de sus rendimientos totales. Esta exención puede extenderse a holding familiares si se dan las condiciones. Si la Administración discute el valor de las participaciones, conviene respaldarlo con un informe de valoración de empresa que documente el método y las hipótesis empleadas.

El Impuesto Solidario de las Grandes Fortunas

Desde 2023, el ISGF complementa el IP para patrimonios netos superiores a 3 millones de euros, con tipos del 1,7% al 3,5%. A diferencia del IP, no puede ser bonificado por las comunidades autónomas, lo que elimina la ventaja fiscal de residir en Madrid o Andalucía para los grandes patrimonios afectados. La exención de empresa familiar también aplica al ISGF.

Los especialistas en planificación patrimonial de LRB Tax & Legal asesoran sobre la optimización del Impuesto sobre el Patrimonio y el ISGF. Contáctenos en Contacto@LRB.es.

Conclusión

El IP y el ISGF afectan a patrimonios elevados. La exención de empresa familiar es la herramienta de planificación más potente para reducir ambos impuestos. El ISGF ha eliminado la ventaja de las comunidades con bonificación del 100% en el IP para patrimonios superiores a 3 millones de euros.

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