Qué es la consolidación fiscal en el IS
El régimen de consolidación fiscal —regulado en el Capítulo VI del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades (artículos 55 a 75 LIS)— permite que un grupo de sociedades tribute en el IS como si fuera una única entidad. En lugar de que cada sociedad del grupo presente su propia declaración por separado, la sociedad dominante presenta una única declaración consolidada que agrega los resultados fiscales de todas las entidades del grupo, compensando los beneficios de unas con las pérdidas de otras.
Este régimen puede suponer un ahorro fiscal muy significativo en grupos con entidades con situaciones distintas: filiales que generan beneficios, otras que acumulan bases negativas, entidades de nueva creación con pérdidas iniciales, etc.
Requisitos para aplicar el régimen de consolidación fiscal
Porcentaje de participación mínimo
La sociedad dominante debe participar, directa o indirectamente, en al menos el 75% del capital social de las sociedades dependientes (70% si estas cotizan en bolsa). Esta participación debe otorgar además la mayoría de los derechos de voto.
Residencia en territorio español
Todas las entidades del grupo fiscal deben ser residentes en España. No obstante, desde 2015 existe la posibilidad de incluir en el grupo a entidades no residentes a través del mecanismo de la consolidación con establecimiento permanente.
Forma jurídica
Solo pueden pertenecer al grupo fiscal las entidades sujetas al IS. No pueden incluirse entidades exentas, sociedades en régimen de atribución de rentas o entidades en régimen de consolidación contable que no sean sujetos pasivos del IS.
Mismo período impositivo
Todas las entidades del grupo deben tener el mismo período impositivo. Si alguna tiene ejercicio diferente al año natural, debe adaptarlo antes de incorporarse al grupo.
Ventajas del régimen de consolidación fiscal
Compensación inmediata de resultados
La principal ventaja: si una entidad del grupo genera pérdidas fiscales y otra genera beneficios, la compensación es automática e inmediata en el mismo período. No hay que esperar años para aplicar las bases negativas: se compensan en el mismo ejercicio en que se generan.
Eliminación de operaciones intragrupo
Las transacciones entre entidades del grupo (ventas, prestaciones de servicios, dividendos internos) se eliminan en la base imponible consolidada, evitando duplicidades en la tributación. Los dividendos pagados por una filial a la dominante no tributan en la declaración consolidada.
Límites de deducción de gastos financieros
El límite del 30% del EBITDA para la deducibilidad de gastos financieros (artículo 16 LIS) se calcula a nivel del grupo consolidado, no de cada entidad individualmente. En grupos con financiación centralizada, esto puede ser más favorable.
Deducciones en cuota
Las deducciones en cuota generadas por cualquier entidad del grupo (I+D+i, creaciones de empleo, etc.) pueden aplicarse contra la cuota íntegra consolidada del grupo, aunque la entidad que las generó no tenga cuota suficiente individualmente.
Riesgos y obligaciones del grupo fiscal
- Responsabilidad solidaria: todas las entidades del grupo son responsables solidarias de la deuda tributaria consolidada, no solo de la parte que les correspondería individualmente.
- Opción por el régimen: la consolidación es voluntaria pero, una vez elegida, debe mantenerse durante un mínimo de 3 años.
- Precio de transferencia intragrupo: aunque las operaciones intragrupo se eliminan en la consolidación, siguen debiendo valorarse a precio de mercado a efectos de las obligaciones de documentación de operaciones vinculadas.
- Incorporaciones y exclusiones: la entrada y salida de entidades del grupo fiscal tiene efectos fiscales específicos que deben gestionarse cuidadosamente.
Cuándo compensa elegir el régimen de consolidación
El régimen de consolidación es especialmente ventajoso cuando: el grupo tiene entidades con situaciones fiscales dispares (unas en beneficios, otras en pérdidas); cuando existe una entidad de nueva creación con pérdidas iniciales que se compensan con los beneficios de las demás; y cuando el grupo tiene deducciones en cuota generadas en entidades con cuota insuficiente para aplicarlas individualmente.
Si quiere analizar si el régimen de consolidación fiscal es adecuado para su grupo, los especialistas en asesoría fiscal para grupos empresariales de LRB Tax & Legal pueden realizar un diagnóstico completo de su situación.
Conclusión
La consolidación fiscal es una de las herramientas de planificación fiscal más potentes disponibles para los grupos de sociedades. Su correcta aplicación exige un análisis previo detallado de la estructura del grupo, las situaciones fiscales individuales y los objetivos de largo plazo del accionariado.

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