La comprobación de valores en el Impuesto sobre Sucesiones
La comprobación de valores es una de las actuaciones administrativas que más conflictos genera en el ámbito del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Cuando Hacienda considera que el valor declarado por el heredero para los bienes hereditarios —especialmente los inmuebles— es inferior al valor real de mercado, inicia un procedimiento de comprobación de valores que puede resultar en una liquidación complementaria con cuota adicional e intereses de demora.
Cómo comprueba Hacienda el valor de los bienes hereditarios
La Administración utiliza varios métodos para comprobar el valor de los bienes:
- Coeficientes sobre el valor catastral: el método más habitual en muchas comunidades autónomas. Se aplica un coeficiente (establecido anualmente) al valor catastral del inmueble para obtener el valor de referencia. Este método fue cuestionado durante años pero sigue siendo utilizado.
- Valor de referencia catastral (desde 2022): la Ley 11/2021 introdujo el valor de referencia del Catastro como base imponible mínima en ITP e ISD. Este valor se calcula en función de precios de transacciones reales y es de aplicación automática.
- Dictamen de peritos: la Administración puede enviar un técnico para tasar el inmueble. Este método es el más susceptible de impugnación, ya que el perito de parte puede discrepar del criterio administrativo.
Cómo impugnar la comprobación de valores
Si el heredero considera que el valor comprobado por Hacienda es excesivo, tiene varias opciones:
- Tasación pericial contradictoria: solicitar la intervención de un perito de la Administración y un perito nombrado por el contribuyente para determinar el valor correcto. Si sus valoraciones difieren en más de un 10%, interviene un tercer perito dirimente.
- Recurso de reposición y reclamación económico-administrativa ante el TEAR, cuestionando el método utilizado o la motivación de la valoración.
- Recurso contencioso-administrativo si el TEAR no estima la reclamación.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha establecido que la comprobación de valores mediante coeficientes sobre el valor catastral debe estar suficientemente motivada: no basta con aplicar el coeficiente de forma automática sin comprobar las circunstancias concretas del inmueble (estado de conservación, ubicación específica, cargas). Muchas liquidaciones complementarias han sido anuladas por los tribunales por falta de motivación adecuada.
Si has recibido una liquidación complementaria del ISD por comprobación de valores, los especialistas en defensa fiscal ante la AEAT de LRB Tax & Legal pueden analizar si la valoración administrativa está correctamente motivada y si existen argumentos para impugnarla. Contáctenos en Contacto@LRB.es.
Conclusión
La comprobación de valores en el ISD puede generar liquidaciones complementarias significativas, especialmente en herencias con inmuebles. La tasación pericial contradictoria y el recurso económico-administrativo son las vías más eficaces para impugnar una valoración administrativa que se considera excesiva. Una motivación insuficiente de la comprobación puede ser por sí sola causa de anulación.

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