Qué es la visa de nómada digital en España
La visa de nómada digital —oficialmente denominada autorización de residencia para teletrabajadores de carácter internacional— fue introducida en España por la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes (conocida como Ley Startup). Permite a ciudadanos de países no pertenecientes a la UE residir en España mientras trabajan a distancia para empresas o clientes establecidos fuera del territorio español.
Desde su entrada en vigor, España se ha posicionado como uno de los destinos más atractivos de Europa para nómadas digitales de alto nivel, especialmente por su calidad de vida, infraestructura de coworking y el acceso al régimen fiscal especial de impatriados.
Requisitos para obtener la visa de nómada digital en España en 2026
- Nacionalidad extracomunitaria: solo pueden solicitarla ciudadanos de países fuera de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo.
- Trabajo a distancia para empresa extranjera: el solicitante debe acreditar que trabaja para una o varias empresas establecidas fuera de España. Si trabaja para varias empresas, puede tener clientes españoles, pero estos no pueden superar el 20% de sus ingresos totales.
- Contrato o relación mercantil acreditada: empleados deben aportar contrato laboral con empresa extranjera (con al menos 3 meses de antigüedad); autónomos, contratos de prestación de servicios con sus clientes.
- Nivel de ingresos mínimo: 200% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) español. Con el SMI 2026, esto supone acreditar ingresos de aproximadamente 2.646 euros mensuales netos (o el equivalente para familia con dependientes).
- Seguro médico privado que cubra el período de residencia en España.
- Ausencia de antecedentes penales en España y en los países de residencia de los últimos 5 años.
- No haber residido en España en los 5 años anteriores a la solicitud.
Tipos de autorización y plazos
La autorización de nómada digital puede solicitarse desde dos vías:
- Visado de nómada digital: para solicitantes que se encuentran fuera de España. Se tramita ante el Consulado español en el país de origen. Autoriza una estancia inicial de 1 año.
- Autorización de residencia para teletrabajadores: para solicitantes que ya se encuentran legalmente en España. Se tramita ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE). Autoriza una residencia inicial de 3 años, renovable por períodos de 2 años hasta un máximo de 5.
Documentación necesaria
- Formulario de solicitud (EX-01 para visado / formulario específico UGE-CE para autorización).
- Pasaporte en vigor con una validez mínima de 1 año.
- Certificado de antecedentes penales apostillado del país de origen.
- Acreditación de la relación laboral o mercantil: contrato de trabajo, carta del empleador, contratos con clientes (autónomos).
- Documentación acreditativa de ingresos: nóminas, extractos bancarios, declaraciones fiscales en el país de origen.
- Seguro médico privado con cobertura en España.
- Prueba de medios económicos suficientes.
Fiscalidad del nómada digital en España: IRNR o Ley Beckham
La obtención de la visa de nómada digital no determina automáticamente el régimen fiscal aplicable. La fiscalidad depende de si el nómada adquiere o no la condición de residente fiscal en España, lo que sucede cuando permanece más de 183 días en el territorio en el año natural.
Opción 1: No residencia fiscal (IRNR)
Si el nómada no supera los 183 días de permanencia en España, tributa como no residente (IRNR) solo por las rentas obtenidas en territorio español. Las rentas de fuente extranjera no tributan en España. Esta opción es favorable cuando la mayoría de los ingresos provienen de clientes o empleadores extranjeros.
Opción 2: Régimen especial de impatriados (Ley Beckham)
Si el nómada supera los 183 días y adquiere la residencia fiscal en España, puede acogerse al régimen especial de impatriados de la Ley Beckham, siempre que no haya residido en España en los 5 años anteriores. Este régimen permite tributar como no residente —con un tipo fijo del 24% sobre los primeros 600.000 euros de rendimientos del trabajo y del 47% para el exceso— durante un período de 6 años, incluyendo el año de llegada.
La solicitud del régimen Beckham debe realizarse en los 6 meses siguientes al inicio de la actividad en España mediante el modelo 149. La gestión correcta de este trámite, la comprobación de los requisitos de acceso y la planificación fiscal del primer año son cruciales para no perder el beneficio.
Ventajas y limitaciones de la visa de nómada digital en España
Ventajas
- Posibilidad de acceder al régimen Beckham con tipo fijo del 24%, frente al tipo marginal máximo del IRPF del 47%.
- Acceso al sistema sanitario público mediante convenio especial durante el período de IRNR.
- Posibilidad de traer a familiares (cónyuge e hijos menores) como reagrupación familiar.
- Libre circulación por el espacio Schengen.
- Sin necesidad de acreditar vínculos con empresas españolas.
Limitaciones
- No permite trabajar para empresas españolas más del 20% del total de ingresos.
- No aplicable a ciudadanos de la UE o EEE.
- Los plazos de tramitación en la UGE-CE pueden ser largos (2-4 meses).
Asesoramiento especializado en visado y fiscalidad de nómadas digitales
La gestión conjunta del visado y de la situación fiscal desde el primer momento es fundamental para optimizar el resultado. Si planea establecerse en España como nómada digital y quiere gestionar correctamente tanto el proceso de residencia como la aplicación del régimen Beckham o del IRNR, los especialistas en permisos de residencia y fiscalidad para extranjeros en España pueden acompañarle en todo el proceso.
Conclusión
La visa de nómada digital en España es una oportunidad real para profesionales internacionales que desean vivir en España con seguridad jurídica. La clave está en planificar correctamente tanto el proceso de obtención del visado como la situación fiscal desde el primer día de residencia en España.

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