El Modelo 720 es la declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero que deben presentar los residentes fiscales en España cuando superan determinados umbrales de valor. Durante años, el régimen sancionador asociado a este modelo fue uno de los más severos y controvertidos del sistema tributario español, hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró contrario al Derecho comunitario el régimen original. Conocer la situación actual, tras la reforma legislativa que siguió a esa sentencia, es esencial para cualquier contribuyente con activos fuera de España.
Qué obliga a declarar el Modelo 720
El Modelo 720 exige informar sobre tres bloques de bienes situados en el extranjero: cuentas en entidades financieras, valores, derechos, seguros y rentas depositados o gestionados en el extranjero, y bienes inmuebles y derechos sobre los mismos. La obligación de declarar cada bloque surge cuando el valor conjunto de los bienes de ese bloque supera los 50.000 euros. Una vez presentada la declaración por primera vez, solo es obligatorio volver a presentarla en años sucesivos si el valor conjunto experimenta un incremento superior a 20.000 euros respecto de la última declaración presentada, o si se produce la extinción de la titularidad de algún bien previamente declarado.
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
En enero de 2022, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictó una sentencia que declaró que el régimen sancionador vinculado al Modelo 720 era contrario a la libre circulación de capitales, por resultar desproporcionado en varios aspectos: la calificación de los bienes no declarados como ganancias patrimoniales no justificadas imprescriptibles, la aplicación de una sanción proporcional del 150% sobre la cuota correspondiente a esas ganancias, y las sanciones fijas por incumplimiento formal, muy superiores a las previstas para incumplimientos similares en el ámbito puramente nacional.
Como consecuencia directa de esta sentencia, España se vio obligada a modificar su normativa, eliminando el carácter imprescriptible de la ganancia patrimonial no justificada asociada a bienes no declarados en el extranjero y suprimiendo el régimen sancionador específico del 150%, así como reduciendo sustancialmente las sanciones formales por presentación fuera de plazo o incorrecta.
El régimen actual tras la reforma
Sanciones formales
Actualmente, las sanciones por no presentar el Modelo 720 en plazo, o por presentarlo con datos incompletos, inexactos o falsos, se han equiparado a las sanciones generales previstas para el resto de declaraciones informativas, sustancialmente más moderadas que las cuantías desproporcionadas del régimen anterior.
Tratamiento de las ganancias patrimoniales no justificadas
Los bienes en el extranjero no declarados en su momento y descubiertos posteriormente por la Administración pueden seguir dando lugar a la imputación de una ganancia patrimonial no justificada en el IRPF (o de una presunción de renta no declarada en el Impuesto sobre Sociedades), pero sujeta ya a las reglas generales de prescripción, y no al régimen de imprescriptibilidad declarado contrario al Derecho de la Unión.
Qué hacer si tienes bienes en el extranjero no declarados
Si detectas que tienes bienes o derechos en el extranjero pendientes de declarar en el Modelo 720, lo más recomendable es regularizar la situación de forma voluntaria antes de que la Administración inicie cualquier actuación de comprobación, ya que esto permite beneficiarse de las reglas generales de prescripción y evitar el riesgo de que la falta de declaración se interprete como un indicio adicional de ocultación deliberada en otros procedimientos, incluidos los de naturaleza penal si concurren otros elementos. Este análisis resulta especialmente relevante en supuestos de herencias que incluyen activos situados fuera de España, un tema que abordamos en profundidad en herencias con bienes en el extranjero: obligaciones fiscales.
Si has recibido un requerimiento de la Administración en relación con bienes en el extranjero no declarados, o simplemente quieres regularizar tu situación de forma preventiva, contacta con nosotros en Contacto@LRB.es. Analizamos cada caso para determinar la mejor estrategia de regularización, minimizando el riesgo sancionador y evitando planteamientos que puedan generar mayores contingencias.
Relación con la prescripción tributaria
Tras la reforma, el régimen de prescripción aplicable a las ganancias patrimoniales no justificadas asociadas a bienes en el extranjero sigue las reglas generales de cuatro años, lo que puede favorecer al contribuyente que regularice su situación fuera del plazo original de presentación del Modelo 720 pero antes de que la Administración inicie actuaciones. Para entender mejor cómo operan estos plazos y sus interrupciones, recomendamos revisar nuestro artículo general sobre prescripción de deudas tributarias: plazos e interrupciones.
Coordinación internacional y riesgo de detección
Es importante tener presente que España participa en mecanismos automáticos de intercambio de información financiera con numerosos países, lo que incrementa notablemente el riesgo de que la Administración detecte bienes no declarados en el extranjero a través de fuentes externas, con independencia de que el contribuyente haya presentado o no el Modelo 720. Esta circunstancia refuerza la conveniencia de regularizar voluntariamente cualquier situación pendiente antes de que la iniciativa la tome la propia Agencia Tributaria.
Preguntas frecuentes
¿Sigue siendo obligatorio presentar el Modelo 720?
Sí, la obligación de información sobre bienes en el extranjero se mantiene vigente; lo que ha cambiado tras la sentencia europea es el régimen sancionador aplicable en caso de incumplimiento, que ahora es más proporcionado.
¿Puedo regularizar bienes en el extranjero no declarados en años anteriores?
Sí, es recomendable hacerlo de forma voluntaria antes de que la Administración inicie cualquier actuación, presentando la declaración correspondiente y, si procede, regularizando la situación tributaria asociada a esos bienes.
¿Qué pasa si ya me sancionaron bajo el régimen anterior declarado contrario al Derecho de la Unión?
Es posible, según el caso concreto y los plazos de prescripción aplicables, valorar la reclamación de las sanciones indebidamente impuestas bajo el régimen anterior, así como de las cuotas liquidadas al amparo del criterio de imprescriptibilidad declarado contrario al Derecho europeo.
Conclusión
El régimen del Modelo 720 ha experimentado una transformación profunda tras la intervención del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que corrigió un sistema sancionador desproporcionado. No obstante, la obligación de declarar bienes en el extranjero sigue plenamente vigente, y su incumplimiento puede seguir generando consecuencias fiscales relevantes. Contar con asesoramiento especializado para valorar la situación patrimonial internacional es la mejor forma de evitar contingencias futuras.
