Inspección tributaria a empresas: cómo proteger tu sociedad ante la AEAT

Directivos de empresa revisando documentación ante una inspección tributaria de la AEAT

Las empresas: objetivo prioritario de la inspección tributaria

Las sociedades mercantiles —especialmente las de tamaño mediano y grande— son el colectivo que concentra la mayor parte de los recursos de la inspección tributaria de la AEAT. La razón es simple: las empresas concentran la mayor parte de la recaudación tributaria (IS, IVA, retenciones) y son también las entidades con mayor capacidad para diseñar estructuras que, si no están correctamente documentadas, pueden derivar en regularizaciones significativas.

Una inspección tributaria a una empresa puede afectar simultáneamente a varios impuestos: el Impuesto sobre Sociedades (IS), el IVA, las retenciones sobre rendimientos del trabajo y sobre pagos a profesionales, el Impuesto sobre Actividades Económicas, y los impuestos especiales si la empresa opera en sectores regulados. La complejidad de gestionar todos estos frentes simultáneamente hace imprescindible la presencia de un equipo de defensa especializado desde el primer momento.

Los focos de comprobación más frecuentes en el IS

Gastos deducibles: la batalla del IS

El inspector analiza si todos los gastos deducidos en el IS están efectivamente relacionados con la actividad económica, están suficientemente documentados y no están excluidos de la deducibilidad por algún precepto específico de la LIS. Los focos habituales son:

  • Retribuciones de socios y administradores: si son excesivas o si están incorrectamente calificadas
  • Gastos con partes vinculadas: si se han valorado correctamente a precio de mercado
  • Liberalidades y atenciones a clientes: los límites de deducibilidad del artículo 15.e LIS
  • Gastos de representación y desplazamientos: acreditación de la relación con la actividad
  • Amortizaciones: si los coeficientes y los métodos aplicados son los permitidos
  • Deterioros de valor: los deterioros de créditos y existencias tienen requisitos específicos de deducibilidad

Operaciones con partes vinculadas

Las operaciones entre socios y sus sociedades, entre empresas del mismo grupo, o entre administradores y sus empresas deben valorarse a precio de mercado. La AEAT comprueba si se ha cumplido esta obligación y si la documentación de precios de transferencia es suficiente y coherente.

Aplicación de regímenes especiales

Las empresas que aplican el régimen FEAC, el de consolidación fiscal, el de entidades de reducida dimensión o los de I+D+i están sujetas a comprobación de que cumplen correctamente los requisitos de acceso y permanencia en esos regímenes.

Los focos de comprobación más frecuentes en IVA

Deducibilidad del IVA soportado

El inspector verifica si el IVA deducido corresponde a cuotas soportadas en adquisiciones de bienes y servicios afectos a la actividad sujeta y no exenta. El IVA de gastos mixtos (vehículos, teléfonos, suministros de inmuebles que se usan también personalmente) está especialmente bajo la lupa.

Inversión del sujeto pasivo

En sectores como la construcción, el inmobiliario y las operaciones con proveedores extranjeros, la correcta aplicación de la inversión del sujeto pasivo es un foco habitual de comprobación. Tanto la aplicación incorrecta (no aplicarla cuando debería) como la incorrecta no aplicación (aplicarla cuando no corresponde) generan regularizaciones.

Prorrata y sectores diferenciados

Las empresas que realizan actividades con distinto régimen de IVA (sujetas y exentas) deben aplicar la regla de prorrata. La AEAT comprueba si el porcentaje de prorrata está correctamente calculado y si la separación entre sectores diferenciados se ha realizado correctamente.

Estrategia de defensa de una sociedad ante una inspección

La defensa de una empresa ante una inspección tributaria debe ser planificada y ejecutada de forma sistemática:

  • Análisis previo: antes de la primera comparecencia, revisar los ejercicios inspeccionados para identificar posibles contingencias y preparar la documentación de soporte
  • Gestión de la documentación: aportar solo lo estrictamente solicitado, en la forma correcta y dentro de los plazos, documentando cada entrega
  • Alegaciones al acuerdo de inicio: si el inspector identifica ajustes provisionales durante las actuaciones, presentar alegaciones técnicas antes de que cristalicen en propuesta de acta
  • Decisión sobre el acta: analizar con calma la conveniencia de conformidad, disconformidad o acuerdo antes de firmar
  • Impugnación en vía revisora: si el resultado no es aceptable, construir una defensa sólida para el TEAR o los tribunales

Contar con un equipo de abogados especializados en inspecciones tributarias a empresas desde el primer momento de la actuación inspectora es la mejor inversión que puede hacer una sociedad cuando recibe la notificación de inicio.

Conclusión

Las inspecciones tributarias a empresas son procedimientos de alta complejidad técnica que afectan simultáneamente a varios impuestos y ejercicios. Una defensa bien organizada, con asesoramiento especializado desde el primer momento y una estrategia clara de documentación y alegaciones, puede reducir drásticamente el impacto económico de la regularización. No improvises cuando lo que está en juego es la liquidez y la estabilidad financiera de tu empresa.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *